“El científico debe ser libre para hacer preguntas, para dudar de cualquier afirmación, para buscar evidencias y corregir errores.”
J. Robert Oppenheimer, físico estadounidense (1904-1967)
Declaración Universal de Derechos Humanos
[Sobre la Libertad de Expresión, Investigación, Difusión y Protección Intelectual]
Artículo 19
Todo individuo [sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Artículo 2] tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
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