Aviso Urgente
La SAT avisa a los contribuyentes que aún no han atendido las
citaciones o avisos por inconsistencias en la aplicación de constancias de
retención del IVA en Declaraciones Juradas y Recibos de Pago, correspondientes a
los períodos impositivos de diciembre 2006, enero, febrero y marzo 2007 que deben
presentarse ante la Administración Tributaria de la manera siguiente:
- Los contribuyentes que recibieron citación deben presentarse en la División
de cobranza Administrativa, 2o. Nivel del Edificio del Ministerio de Finanzas
Públicas, con la documentación requerida en la citación de mérito.
- Los contribuyentes que recibieron aviso deben presentarse a la agencia u
oficina tributaria de su conveniencia, con fotocopia de las declaraciones y/o
rectificaciones que hayan realizado en relación a las inconsistencias que les
fueron comunicadas en el aviso respectivo.
Agradeceremos a los contribuyentes se acerquen a la Administración Tributaria
para solventar su situación antes del 10 de enero de 2008, y así evitar la
aplicación de las medidas administrativas y legales correspondientes.
Base Legal: Artículo 3 literales e) y j) del Decreto No. 1-98 Ley Orgánica de
la SAT Artículo 98 “A” numeral 7) y 8) del Código Tributario.

¡Prepárese! Para la presentación de la Planilla del IVA
La Superintendencia de Administración Tributaria, informa a las
personas individuales en relación de dependencia y a las que realizan actividades
no mercantiles que tengan derecho a Crédito por IVA.
Deben presentar su planilla de crédito por IVA del 2 al 15 de enero de 2008,
en original y copia, en las oficinas y agencias tributarias en todo el país o por
vía electrónica, a través de BancaSAT
Los formatos autorizados por la SAT para presentar su planilla son:
- Formulario en papel SAT- 1111
- Formulario SAT – 1111 incluido en Programa PlanIVA disponible en CD en
oficinas y agencias tributarias o en Internet www.sat.gob.gt
- Cualquier presentación computarizada que llene los requisitos establecidos en
el Artículo 12 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Para presentar su planilla del IVA puede hacerlo:
- En Agencia y oficinas tributarias:
- En papel (en original o copia)
- Base de datos en medio electrónico clic aquí
- A través de BancaSAT
- Archivo generado por Generador de Planilla Electrónico, GPE
Para ver
instructivo del GPE de clic aquí
- Los patronos con acceso a BancaSAT pueden presentar electrónicamente las
planillas del IVA de sus colaboradores.
Al presentar su planilla de Crédito por IVA en medios electrónicos, usted
puede ganar:
1 Premio de Q10,000.00
4 Premios de Q2,500.00
25 Premios de Q1,000.00
Las empresas ubicadas en la ciudad capital, que deseen enviar planillas de
sus trabajadores en lotes de más de 20, deben comunicarse de 8:00 a 17:00 horas
para concertar su cita al teléfono: 2329 1100 extensión 2107.

Recordatorio: Cómo operar facturas de Combustible en la planilla del IVA
La Superintendencia de Administración Tributaria, SAT, informa sobre el
monto que se tiene que consignar en la casilla “compras de combustible” en la
planilla del IVA.
El monto del Impuesto a la Distribución del Petróleo Crudo y Combustibles
Derivados del Petróleo (IDP) no forma parte de la base imponible del IVA1, como
consecuencia los contribuyentes deben registrar las compras como se muestra a
continuación:
- Determinar los galones comprados.
- Obtener el IDP pagado en la factura, (cantidad de galones comprados
multiplicado por el impuesto a la distribución de combustible), según la
siguiente tabla:2
- Gasolina Superior: Cuatro quetzales con setenta centavos (Q4.70)
- Gasolina Regular: Cuatro quetzales con sesenta centavos (Q4.60)
- Gasolina de aviación: Cuatro quetzales con setenta centavos (Q4.70)
- Diesel y gas oil: Un quetzal con treinta centavos (Q1.30)
- Kerosina (DPK): Cincuenta centavos (Q0.50)
- Kerosina Avjet: Cincuenta centavos (Q0.50)
- Nafta: Cincuenta centavos (Q0.50)
- Gas propano, butano y similares: Cincuenta centavos (Q0.50)
- Al valor obtenido en la operación anterior restarle el valor total de la
factura que ya incluye IVA.
Ejemplo:
Fecha de la factura por compra de combustibles 15/10/2007 compra de 10
galones de gasolina superior a Q28.60 cada galón = valor factura Q286.00
IDP pagado = 4.70, Cantidad galones = 10
Fórmula:
Cantidad de galones (10) x IDP (Q4.70) = Q47.00 Valor de la factura sin IDP
= (Q286.00) – IDP (Q47.00) = Q239.00
El valor a consignar en la casilla “compras de combustible” en la planilla
del IVA será de 239.00
Para mayor información comuníquese a las Oficinas y Agencias Tributarias de
la SAT dando clic aquí.
Para ver el Instructivo para el envío de la planilla del IVA a través de
BancaSAT dé clic aquí.
Para obtener el generador de planilla electrónica dé clic aquí.
- Base legal: Artículo 15 del Decreto Número 38-92 reformado por el artículo 4
del Decreto Número 04-2003, ambos del congreso de la República.
- Base legal: Artículos 12 “A” y 12 “B” del Decreto Número 38-92, adicionado
por los artículos 5 y 6 del Decreto Número 11-2003, respectivamente, ambos del
Congreso de la República.

¡Regreso a clases 2008!
La SAT, le recuerda a los padres de familia y centros educativos que:
Los Establecimientos Públicos y Privados deben emitir FACTURA en toda venta
de productos o prestación de servicios tales como:
- Uniformes y accesorios
- Útiles escolares
- Libros
- Servicios de Cafetería
- Bus escolar (cuando son propiedad de terceros)
Denuncias a los Tels: 2230-5408 y 2232-6746

Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres 2008
La Superintendencia de Administración Tributaria, informa a los
contribuyentes sobre el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres 2008
que:
A partir del 2 de enero de 2008, las calcomanías para el pago del Impuesto
Sobre Circulación de Vehículos Terrestres correspondientes al año 2008, estarán
disponibles en las agencias bancarias situadas en el Edificio del Ministerio de
Finanzas Públicas (8Ş Avenida 21 calle zona 1, Centro Cívico).
Requisitos para pagar el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos:
- Presentar boleto de ornato 2008
- Presentar tarjeta de circulación vigente
- Estar solvente de multas de tránsito
El 21 de enero de 2008 ya estarán disponibles en los siguientes bancos del
sistema:
Agromercantil, S.A. Crédito Hipotecario Nacional De Crédito De Desarrollo
Rural, S.A. De la República G&T Continental, S.A. Inmobiliario, S.A. Internacional, S.A. Privado para el Desarrollo, S.A. Reformador, S.A. Vivibanco
Bancos autorizados(1) para la recepción de pagos utilizando BancaSAT(2)
o directamente en sus ventanillas
(1) En orden alfabético (2) Los contribuyentes que utilicen este servicio,
deberán recoger su calcomanía en Oficinas y Agencias Tributarias de la SAT,
presentando el recibo de pago, su boleto de ornato y la tarjeta de circulación
original.
Mayor información: www.sat.gob.gt/servicios/vehiculos llame al teléfono
1-801-00-72848 (la llamada es gratuita)

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