La Superintendencia de Administración Tributaria, informa sobre los principales
resultados y avances de gestión de enero a abril 2009.
Con el propósito de dar a conocer a los contribuyentes y población en general
los principales resultados y avances obtenidos en la recaudación tributaria y
gestión institucional de enero a abril de 2009, la SAT pone a su disposición el
documento que contiene los resultados de la recaudación tributaria general, de
impuestos al comercio exterior y de los impuestos internos, así como las acciones
que se han realizado para contrarrestar los efectos de la baja en la recaudación.
Para descargar el documento Informe de Gestión Institucional al mes de Abril
2009
De conformidad con lo que establece el artículo 86 inciso d) del Reglamento del
Código Aduanero Uniforme Centroamericano, la Intendencia de Aduanas, con el apoyo
de la Corporación de Agentes de Aduanas, ha programado la realización del curso
de “Actualización para Agentes Aduaneros”, el cual se realizará en el período
comprendido del 17 de junio al 10 de julio de 2009 , en horario de 09:00 a 13:00
horas.
El curso de actualización para agentes aduaneros es obligatorio , e incluirá
temas de ética, CAUCA y RECAUCA, clasificación, origen y procedimientos
aduaneros.
Para conocer detalles del lugar en donde se impartirá el curso y confirmar su
inscripción, favor comunicarse a los teléfonos (502) 2331-8859 y (502) 2331-6831
.
1. A los usuarios del sistema de transmisión de Declaraciones Aduaneras
DUA-GT, que:
Continuando con el proceso de modernización de aduanas, a partir del lunes 17
de junio, se validará en DUA la utilización del manifiesto de exportación, para
los regímenes 22-ED y 157-MR en clase 10, 36 y 37, el cual aplicará para las
aduanas marítimas y aéreas. Dicho manifiesto deberá consignarse en la sección Q
(Documentos de Soporte) de la declaración de mercancías DUA-GT, por lo que se les
agradecerá lo tomen en cuenta para evitar inconvenientes al momento de las
transmisiones de sus declaraciones.
Para mayor información, puede comunicarse al Centro de Atención de Consultas
DUA al teléfono (502) 2329-1100 extensiones 2880 a 2886.
2. Obligatoriedad para transmitir el Manifiesto de Carga de Exportación:
La Intendencia de Aduanas hace el recordatorio a todas las empresas navieras,
líneas aéreas y agencias de carga acerca de la obligatoriedad de la transmisión
del manifiesto de carga de exportación. Dicho manifiesto debe ser transmitido
hasta antes del zarpe del medio de transporte del territorio aduanero nacional.
Adicionalmente se le informa a las Agencias de Carga
(Consolidadores/Desconsolidadores) que a partir del día 15 de Junio de 2009 ,
será obligatorio, para las mismas, la transmisión del manifiesto de carga de
exportación, para lo cual deben contactar a su proveedor de software, para los
cambios que pueda requerir el sistema con que cuenten actualmente. La fecha de la
obligatoriedad de esta medida, coincide con la vigencia de las validaciones de
DUA para los manifiestos de exportación.
Para mayor información, puede comunicarse al Centro de Atención de Consultas
DUA al teléfono (502) 2329-1100 extensiones 2880 a 2886.
Es importante tomar en cuenta las anteriores disposiciones, para evitar
atrasos en el despacho de las mercancías por las distintas aduanas del país.
1. Informa sobre: La Habilitación de Ventanilla para Expedientes.
Como parte de los esfuerzos encaminados a mejorar nuestros servicios y,
conscientes de que para el Servicio Aduanero, usted estimado Usuario, es muy
importante; le informamos que a partir de la presente semana, se ha delegado
personal analista de expedientes, en el área de Recepción de Documentos
(Ventanilla 5, ubicada en el primer nivel del Edificio del Ministerio de Finanzas
Públicas), quienes tendrán como tarea principal hacer una revisión de
cumplimiento de requisitos (en el momento de la recepción de los mismos) para
luego darle trámite a su expediente.
Para el correcto cumplimiento de esta iniciativa, es necesario:
- Que en el expediente se indique el nombre de la persona, que en su
representación, podrá ser notificado(a) de cualquier requerimiento que deba hacerse;
permitiendo con ello que la notificación se realice en el mismo momento en que se
está presentando el expediente ante la Administración Tributaria y con ello se
disminuya el tiempo que requiere la generación, revisión, firma y notificación de
una Providencia.
- Que una vez notificado ese requerimiento de cumplimiento de requisitos, usted
se sirva adjuntar la información necesaria para completar su expediente y se
encuentre en fase de resolver.
2. Recordatorio a los Auxiliares de la Función Pública
De conformidad con lo estipulado en el artículo 67 del Reglamento al Código
Aduanero Uniforme Centroamericano –RECAUCA-, son causales de inhabilitación:
- Que el auxiliar adquiera la calidad de funcionario o empleado público
- El vencimiento de la garantía de operación
- El incumplimiento de obligaciones tributarias debidamente notificadas y no
pagadas en el plazo establecido; o
- El incumplimiento en la presentación anual de la certificación de solvencia
tributaria extendida por las autoridades competentes.
La inhabilitación se mantendrá, mientras dure la causa que la originó.
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