¿Es obligatorio habilitarse como OEA?
Ser OEA no es obligatorio, su adhesión es voluntaria. La decisión depende de
cada solicitante el cual debe determinar a través de un análisis costo-beneficio,
si las ventajas para su negocio son mayores, que los costos que debe incurrir
para cumplir con los requisitos que se exigen.
¿Cuál es el objetivo del Operador Económico Autorizado?
El objetivo primordial de un OEA es la facilitación del comercio internacional
bajo un esquema de confianza y seguridad. Busca garantizar la protección de todos
los actores de la cadena logística.
PRO-IA-DN-UNP-01.08
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1. A los Agentes Aduaneros, y público en general que:
El paso a la Aduana Las Chinamas de El Salvador, que colinda con la Aduana
Valle Nuevo de Guatemala, se encuentra cerrado temporalmente, debido a las
condiciones climáticas actuales, y como medida de seguridad para la prevención de
riesgos en el área de derrumbes en el cerro Artillería.
Esta medida es de carácter temporal y mientras las lluvias persistan.
2. A los Agentes Aduaneros, Importadores, Transportistas que:
A partir del 05 de octubre del año en curso, se implementará el régimen
152-MI con clase 54 y 37. Las especificaciones para la transmisión son las
siguientes:
- Se utiliza para carga a granel
- Se puede consignar más de un inciso arancelario
- Únicamente se utiliza para aduana marítima
- Se deben consignar todos los documentos de soporte necesarios, tanto en la
clase 54 como en la 37 (factura, documento de transporte, manifiesto,
autorización de MINECO, permisos no arancelarios, etc.)
- Por cada provisional (clase 54) se debe presentar una complementaria (clase 37)
- La declaración provisional (clase 54) no puede rectificarse
- La declaración complementaria (clase 37) si puede rectificarse
- En la declaración complementaria (clase 37) se permite disminución de tributos,
pesos, cantidades.
- En la rectificación de la complementaria no se permite disminución de tributos,
pesos, cantidades, a menos que se consigne una Resolución de Autorización.
La Superintendencia de Administración Tributaria, a través de la Intendencia de
Aduanas, hace del conocimiento del público en general, que de conformidad con lo
establecido en el Título VII del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA)
y el Título VII de su Reglamento (RECAUCA), ha fijado el día lunes 11 de octubre
de 2010, de 10:00 a 17:00 horas , para realizar la SUBASTA PÚBLICA ADUANERA
6-2010 DE VEHÍCULOS Y MERCANCÍAS, ADUANA SANTO TOMAS DE CASTILLA, a celebrarse en
Salón Las Banderas, Restaurante Antojitos Doña María, ubicado en 6ª. Avenida
entre 12 y 13 Calle Puerto Barrios, Izabal.
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