Asunto: | [fedicaria] El Consejo de M inistros aprueba l os RD de Acreditac ión y Acceso a cue rpos docentes | Fecha: | Viernes, 5 de Octubre, 2007 20:19:53 (+0200) | Autor: | Alberto Luis Gomez <luisal @......es>
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Queridos amigos:
Aunque sea de modo indirecto, creo que la noticia tiene cierto
interés.
Un abrazo.
Alberto
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PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN PARA SER PROFESOR UNIVERSITARIO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se
establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes
universitarios. Este procedimiento establece que comisiones de expertos
evalúen los méritos y competencias de los doctores aspirantes a
catedráticos o titulares de Universidad y, en su caso, acrediten que
tienen méritos contrastados para ejercer ese puesto. Una vez acreditados,
los profesores podrán presentarse a los concursos que convoquen las
universidades.
El sistema de acreditación es más ágil y menos costoso que el actual
sistema de habilitación, y establece más garantías de calidad. El modelo
se inspira en la tradición académica de la evaluación por los pares.
Los miembros de las comisiones de acreditación serán designados por el
Consejo de Universidades entre los propuestos por la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación, y rendirán cuentas de su
actuación a dicha Agencia. Para garantizar la transparencia y objetividad
en la designación de los miembros de las comisiones de acreditación, la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)
publicará el contenido de los currículos de los miembros titulares y
suplentes.
El Real Decreto de Acreditación establece una regulación específica del
procedimiento de acreditación para los actuales profesores titulares de
escuelas universitarias en la que la docencia se valora de forma singular.
También se establece que la acreditación para el Cuerpo de Catedráticos de
Universidad de los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Catedráticos
de Escuelas Universitarias se realice en las mismas condiciones que los
profesores titulares de Universidad.
Para facilitar la movilidad del profesorado procedente de otros países, se
prevé que los profesores de las universidades de los Estados miembros de
la Unión Europea que hayan alcanzado en aquellas una posición equivalente
a la de catedrático o profesor titular de universidad puedan ser
considerados acreditados a los efectos de lo previsto en este Real
Decreto.
Educación y Ciencia
REGULADOS LOS CONCURSOS DE ACCESO A CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS
El Consejo de Ministros ha aprobado un el Real Decreto por el que se
regula el régimen de los concursos de acceso a los cuerpos docentes
universitarios.
La modificación de la Ley Orgánica de Universidades establece dos únicos
cuerpos de personal docente universitario funcionario: catedráticos y
profesores titulares. Para acceder a estos cuerpos, los candidatos han de
haber obtenido previamente la correspondiente acreditación. Una vez
obtenida, los candidatos se podrán presentar a los concursos que regula
este Real Decreto, que serán resueltos por comisiones de selección
nombradas por las Universidades de acuerdo con sus propios estatutos y con
las bases de las respectivas convocatorias.
Las universidades deberán garantizar la calidad investigadora y docente de
los componentes de las Comisiones, que valorarán el historial académico,
docente e investigador del candidato, así como su proyecto docente e
investigador.
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