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Responder a este mensaje
Asunto:[MESHIKO] No puedo creer que la nueva legislacion antidrogas pueda ser motivo de celebracion
Fecha:Jueves, 27 de Abril, 2006  18:38:31 (-0500)
Autor:Ricardo Ocampo <redluz @...............mx>

 
From: Sylvia María Valls <smvalls@...> 
Reply-To: smvalls@... 
Date: Thu, 27 Apr 2006 15:57:25 -0500 
To: vivecondrogas@... 
Subject: Re: [VCD] Resumen número 1042 
 
Señores, no puedo creer que la nueva legislación pueda ser motivo de 
celebración... Es un despropósito y no resuelve el problema, finalmente. Lo 
que no se puede permitir es que el gobierno prohiba el consumo autónomo, 
libre y sin penalidad alguna de lo que sea... LO QUE SEA.  Están trabajando 
para el enemigo quienes miserablemente AGRADECEN leyes cuyo fundamento ético 
y práctico es NULO... ¿Cómo van a penalizar a alguien por venderme algo que 
yo tengo derecho a consumir?  Porque no veo en qué pueden sustentarse 
éticamente, jurídicamente, para decir que yo tengo el derecho a fumarme un 
churro pero que el vecino no tiene derecho a venderme ni regalarme lo que yo 
me fume... Miren, chamacos, hacen más mal que bien con sus actitudes poco 
reflexionadas... A veces pienso que están en el negocio con ellos, 
distrayendo a la atención pública por caminos que no llevan a la solución de 
un problema enteramente creado con el fin de enriquecer a lpos menos sin 
protejer a nadie de NADA... al contrario. Ya déjense de andar dándole las 
gracias al enemigo por acciones que no consiguen lo que tenemos que 
conseguir por nuestra propia acción... por medio de LA DESOBEDIENCIA CIVIL 
ABIERTA A TODA HORA Y EN TODO LUGAR... No es la primera vez que les expreso 
esto, pero no veo que lo que digo tenga el más mínimo efecto en sus 
actitudes y acciones, así que aquí me despido... y ¡de una vez por todas! 
Atte., MAMADOC 
 
 
 
----- Original Message ----- 
From: <vivecondrogas@...> 
To: <vivecondrogas@...>, 
Sent: Thursday, April 27, 2006 3:54 AM 
Subject: [VCD] Resumen número 1042 
 
 
Hay 7 mensajes en este resumen. 
 
Temas de este resumen: 
 
      1. RE: ATENCIÓN 
           De: "Jorge Torres" <aguilareal2002@...> 
      2. ¡LEGALIZACIóN¡ 
           De: "Gregorio Samsa" <gregorio_samsa@...> 
      3. art. 478: cantidad despenalizada (Ley General de Salud, LGS) 
           De: Ricardo Sala <ricardelico@...> 
      4. No se vayan con la finta! 
           De: Juan Pablo García Vallejo <juanpablotinta@...> 
      5. Existe la Guerra Antidroga?/Marcha Cannabica 5 de mayo 12:00 
CU,UNAM 
           De: fanzine ilegal <fanzineilegal@...> 
      6. siguiente función de cine-deabate PÁNICO  EN NEEDLE PARK 
           De: Laura Tort <tortuga@...> 
      7. Crónica: La Cámara legaliza uso personal de drogas 
           De: Convivencia y espacio público <convive123@...> 
 
 
________________________________________________________________________ 
________________________________________________________________________ 
 
 Mensaje: 1 
   Fecha: Wed, 26 Apr 2006 01:58:08 -0500 
      De: "Jorge Torres" <aguilareal2002@...> 
  Asunto: RE: ATENCIÓN 
 
Drogadicción:Posesión personal de dosis LEGAL/Tener más que eso,ILEGAL... 
 
---------------------------------------------------------------------------- 
---- 
 
martes 25 de abril, 08:36 PM 
 
Los diputados de México fijan una dosis para el consumo personal de drogas 
 
México, 25 abr (EFE).- La Cámara de Diputados de México reformó hoy varias 
leyes para fijar las dosis de drogas para el consumo personal, entre ellas 
la cocaína, marihuana, opio y heroína, y establecer sanciones a quienes 
porten una cantidad mayor. 
 
Los diputados aprobaron en su sesión de hoy el dictamen que reforma diversas 
leyes federales para legalizar una posesión de 500 miligramos cocaína, cinco 
gramos de opio preparado para fumar, 25 miligramos de heroína y cinco gramos 
de cannabis o marihuana, entre otras drogas, para consumo personal. 
 
Esta decisión se tomó para ayudar al combate del narcomenudeo y establecer 
cifras uniformes para su persecución en todo el país. 
 
El dictamen de los legisladores reconoce que México se ha convertido en un 
puente para el traslado de droga, fundamentalmente hacia Estados Unidos, lo 
que ha propiciado que el país sea ahora un consumidor "constituyéndose otro 
problema, que afecta a las personas en lo individual, denominado 
narcomenudeo". 
 
Según cálculos de la Procuraduría General de la República (PGR, Fiscalía), 
en el comercio al por menor se distribuyen 78 toneladas de estupefacientes 
al año a través de 30.000 puntos de venta en todo el país. 
 
"Esta cantidad sirve para elaborar 1.092 millones de dosis (grapas), con lo 
que se estaría cubriendo la demanda de unos 598.000 adictos a las drogas. 
 
Por otra parte, la Oficina Nacional para Políticas Antidrogas (ONDCP por sus 
siglas en inglés) de Estados Unidos ha denunciado que más de 500 toneladas 
de cocaína salen anualmente de Colombia y se internan en México, 
Centroamérica y el Caribe. 
 
Ante ello, los legisladores juzgan conveniente legalizar ciertos gramos para 
el consumo personal e imponer prisión de cuatro a ocho años, entre otras 
penas, a quienes sin autorización posean o suministren narcóticos en dosis 
mayores y presentaciones individualizadas. 
 
Las sanciones aumentan en un 50 por ciento cuando el inculpado sea un 
servidor público encargado de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la 
comisión de los delitos de narcomenudeo, o cuando el delito se cometa en 
centros educativos, asistenciales, policiales o de reclusión. 
 
Las reformas de ley fueron enviadas al Senado para su análisis y eventual 
ratificación. 
-------------------- 
Saludos, 
 
 
 
 
________________________________________________________________________ 
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 Mensaje: 2 
   Fecha: Wed, 26 Apr 2006 16:50:29 +0000 
      De: "Gregorio Samsa" <gregorio_samsa@...> 
  Asunto: ¡LEGALIZACIóN¡ 
 
¡Parece que este año la marcha será para celebrar! 
 
 
La Cámara legaliza uso personal de drogas como heroína, cocaína mariguana, 
opio y peyote; faculta a estados a perseguir narcomenudeo 
( Luciano Franco ) 
( 2006-04-26 ) 
 
 
Con 349 votos a favor y seis abstenciones, el pleno de la Cámara de 
Diputados aprobó ayer la legalización del uso personal de drogas como la 
heroína, con 25 miligramos; cocaína (1 gramo); mariguana (50 gramos); opio 
(5 gramos), y anfetamina (100 miligramos). 
Además, quedó permitido de manera legal el consumo personal de 
metanfetaminas, con 200 miligramos, hongos alucinantes 250 gramos y un 
kilogramo de peyote, entre otras. 
El dictamen avalado establece que el comercio y suministro de narcóticos 
serán investigados, perseguidos y, en su caso sancionados por las 
autoridades del fuero común, en los términos de la Ley General de Salud. 
Las reformas autorizadas tienen que ver con la Ley General de Salud; el 
Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, y el 
dictamen fue elaborado por las comisiones unidas de Salud y de Justicia; y 
Derechos Humanos. 
Se establece que con las reformas respectivas será combatido el narcomenudeo 
y se precisan las dosis permitidas para el consumo personal. 
Además, se precisa que serán castigados los farmacodependientes que posean 
las cantidades permitidas en las escuelas de educación básica o sus 
alrededores. 
Parea el combate al narcomenudeo, el pleno cameral aprobó penas de cárcel de 
4 a 8 años y multas de 200 a 400 días, a quien comercialice o suministre aun 
de manera gratuita. 
Pero la prisión aumentará hasta 15 años cuando se utilice a menores de edad 
o discapacitados para comercializar las drogas; y cuando haya servidores 
involucrados, la sanción será de hasta 12 años tras las rejas y la 
inhabilitación para desempeñar cargos públicos. 
Las modificaciones también facultan a los gobiernos estatales y municipales 
para perseguir el narcomenudeo. 
Precisa el dictamen que el delito de narcomenudeo comercializa anualmente, a 
través de cerca de 30 mil narcotienditas distribuidas en el territorio 
nacional, 78 toneladas de estupefacientes. 
El dictamen, en su exposición de motivos, señala que la PGR ha sido rebasada 
para dar solución a este lacerante problema, por lo que es necesario la 
colaboración de las autoridades locales, a fin de reducir a su mínima 
expresión esta actividad delictiva. 
 
 
 
 
________________________________________________________________________ 
________________________________________________________________________ 
 
 Mensaje: 3 
   Fecha: Wed, 26 Apr 2006 10:07:23 -0700 (PDT) 
      De: Ricardo Sala <ricardelico@...> 
  Asunto: art. 478: cantidad despenalizada (Ley General de Salud, LGS) 
 
Estimados foristas: 
 
  En nombre de todos los foristas de VCD agradezco  a Leopoldo Rivera de 
AMECA y a Águila Real sus aportaciones a este  foro. Este tipo de 
aportaciones hace de VCD uno de los pocos foros  públicos de discusión sobre 
las políticas de drogas en México. Espero  que sirva cada vez mejor. 
 
  El dictamen aprobado ayer menciona que las Comisiones Unidas de Salud y de 
Justicia y Derechos  Humanos llevaron a cabo "varios Foros  de Trabajo y 
Reuniones de Trabajo" sobre las reformas planteadas "para recopilar la 
experiencia y opiniones  de las Procuradurías (...) los Tribunales (...) y 
las Secretarías de Seguridad Pública de los  Estados y del Distrito Federal 
así como de la sociedad en general". 
 
  Ah caray. ¿A qué hora avisaron, que nunca nos enteramos de una invitación 
a esos foros y reuniones con la "sociedad en general"? 
 
  Pues va la nota: 
 
  La Cámara de Diputados aprobó ayer el Proyecto de decreto que reforma y 
adiciona diversas disposiciones de  la Ley General de Salud, el Código Penal 
Federal y el Código Federal de  Procedimientos Penales, incluyendo 
modificaciones. El siguiente paso es que el Senado lo reciba y lo discuta. 
 
  Las modificaciones al proyecto son las presentadas en un dictamen por las 
Comisiones  Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos. Entre otras 
cosas el dictamen propone que el artículo 478  de la Ley General de Salud 
(LGS) establezca los casos de improcedencia de la acción penal. 
 
  El artículo 478 de la LGS quedaría como sigue: 
 
  Artículo 478.- No se procederá penalmente  en contra de:  I. La persona 
que posea medicamentos que contengan  sustancias clasificadas como 
narcóticos, cuya venta al público  se encuentre supeditada a requisitos 
especiales de adquisición,  cuando por su naturaleza y cantidad dichos 
medicamentos sean los necesarios  para el tratamiento de la persona que los 
posea o de otras personas sujetas  a la custodia o asistencia de quien los 
tiene en su poder; 
  II. El farmacodependiente o consumidor que se le encuentre  en posesión de 
algún narcótico para su consumo personal. 
  No se aplicará la excluyente de responsabilidad  a que se refiere esta 
fracción cuando la posesión se lleve  a cabo en el interior o en los 
alrededores de centros de educación  básica por segunda o ulterior ocasión, 
o 
  III. La persona que consuma los narcóticos a  los que se refieren los 
numerales 3 y 4 del inciso b) del presente artículo,  cuando éste se realice 
con motivo de las ceremonias, usos y costumbres  de los pueblos indígenas. 
  Para los efectos de la fracción II se entiende  que el narcótico está 
destinado para su consumo personal,  cuando la cantidad del narcótico no 
exceda de las previstas en los  listados siguientes: 
  a) En cualquiera de sus formas, presentaciones, derivados  o preparaciones 
los siguientes narcóticos: 
  b) Narcóticos que tienen valor terapéutico  escaso o nulo y que, por ser 
susceptibles de uso indebido o abuso, constituyen  un problema especialmente 
grave para la salud pública: 
  c) Narcóticos, incluyendo sus sales, precursores  y derivados químicos, 
que tienen algún valor terapéutico,  pero constituyen un problema grave para 
la salud pública: 
  Respecto de los narcóticos que no están  previstos en los listados 
anteriores las autoridades federales competentes  determinarán pericialmente 
si están destinados para su consumo  personal. 
  El Ministerio Público de la entidad federativa  correspondiente deberá dar 
aviso de la aplicación de las  excluyentes previstas en este artículo al 
Ministerio Público  de la Federación y del resto de las entidades 
federativas 
  Como pueden ver, el inciso a) está incompleto. No pude  encontrar los 
listados con las cantidades "a no exceder" en la Gaceta  Parlamentaria que 
aparece en internet con fecha de ayer martes 25 de  abril 2006 (dictámenes 
de primera lectura): 
  http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/59/2006/abr/20060425-I.html 
  Espero que próximamente aparezca completo en la sección de dictámenes: 
  http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/Dictamenes/gp59_a3segundo.html 
  (buscar la fecha martes 25 de abril 2006) 
 
  La  versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 25 de abril de 
2006, donde fue aprobado el proyecto con dictamen, se puede leer aquí:: 
  http://cronica.diputados.gob.mx/Ve25abr06.html 
 
  La versión más reciente de la Ley General de Salud encuéntrenla aquí: 
http://www.cddhcu.gob.mx/leyinfo/pdf/142.pdf 
 
  Saludos, 
  Ric 
  Convive..AC 
 
  Jorge Torres <aguilareal2002@...> wrote: 
  martes 25 de abril, 08:36 PM 
 
  Los diputados de México fijan una dosis para el consumo personal de drogas 
 
  México, 25 abr (EFE).- La Cámara de Diputados de México reformó hoy varias 
  leyes para fijar las dosis de drogas para el consumo personal, entre ellas 
  la cocaína, marihuana, opio y heroína, y establecer sanciones a quienes 
  porten una cantidad mayor. 
 
  Los diputados aprobaron en su sesión de hoy el dictamen que reforma 
diversas 
  leyes federales para legalizar una posesión de 500 miligramos cocaína, 
cinco 
  gramos de opio preparado para fumar, 25 miligramos de heroína y cinco 
gramos 
  de cannabis o marihuana, entre otras drogas, para consumo personal. 
 
  Esta decisión se tomó para ayudar al combate del narcomenudeo y establecer 
  cifras uniformes para su persecución en todo el país. 
 
............ 
 
  Las reformas de ley fueron enviadas al Senado para su análisis y eventual 
  ratificación. 
  -------------------- 
  Saludos, 
 
 
 
--------------------------------- 
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[Este mensaje contenía archivos adjuntos] 
 
 
 
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 Mensaje: 4 
   Fecha: Wed, 26 Apr 2006 17:56:46 +0000 
      De: Juan Pablo García Vallejo <juanpablotinta@...> 
  Asunto: No se vayan con la finta! 
 
!Esta mini-reforma, excluye el cultivo, comercializacion, investigacion 
medica y produccion industrial. No se gano nada. 
En Marzo pasado, el informe anual de la Fiscalia para las Drogas de la ONU 
ya lo daba por hecho, si no estaban enterados, agradescan al PRI y a todos 
esos diputados la proíxima extinción del peyote...ahi les va el texto, si no 
lo entienden ya ni modo... 
Y feliciten a su partido politico preferido por este nuevo 
empantanamiento... Las reformas aprobadas por unanimidad son reformas solo 
en el papel, falta educar a los policías y que cumplan la ley... 
 
 
"EL GOBIERNO DE MÉXICO PARTICIPA ACTUALMENTE EN LOS ESFUERZOS POR REFORMAR 
LAS LEYES RELACIONADAS CON EL CONTRABANDO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE 
ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS;..." 
 
 
Saludos 
carpe diem 
 
 
 
>From: Ricardo Sala <ricardelico@...> 
>Reply-To: vivecondrogas@... 
>To: vivecondrogas@... 
>Subject: [VCD] art. 478: cantidad despenalizada (Ley General de Salud, LGS) 
>Date: Wed, 26 Apr 2006 10:07:23 -0700 (PDT) 
> 
>Estimados foristas: 
> 
>   En nombre de todos los foristas de VCD agradezco  a Leopoldo Rivera de 
>AMECA y a Águila Real sus aportaciones a este  foro. Este tipo de 
>aportaciones hace de VCD uno de los pocos foros  públicos de discusión 
>sobre las políticas de drogas en México. Espero  que sirva cada vez mejor. 
> 
>   El dictamen aprobado ayer menciona que las Comisiones Unidas de Salud y 
>de Justicia y Derechos  Humanos llevaron a cabo "varios Foros  de Trabajo y 
>Reuniones de Trabajo" sobre las reformas planteadas "para recopilar la 
>experiencia y opiniones  de las Procuradurías (...) los Tribunales (...) y 
>las Secretarías de Seguridad Pública de los  Estados y del Distrito Federal 
>así como de la sociedad en general". 
> 
>   Ah caray. ¿A qué hora avisaron, que nunca nos enteramos de una 
>invitación a esos foros y reuniones con la "sociedad en general"? 
> 
>   Pues va la nota: 
> 
>   La Cámara de Diputados aprobó ayer el Proyecto de decreto que reforma y 
>adiciona diversas disposiciones de  la Ley General de Salud, el Código 
>Penal Federal y el Código Federal de  Procedimientos Penales, incluyendo 
>modificaciones. El siguiente paso es que el Senado lo reciba y lo discuta. 
> 
>   Las modificaciones al proyecto son las presentadas en un dictamen por 
>las Comisiones  Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos. Entre 
>otras cosas el dictamen propone que el artículo 478  de la Ley General de 
>Salud (LGS) establezca los casos de improcedencia de la acción penal. 
> 
>   El artículo 478 de la LGS quedaría como sigue: 
> 
>   Artículo 478.- No se procederá penalmente  en contra de:  I. La persona 
>que posea medicamentos que contengan  sustancias clasificadas como 
>narcóticos, cuya venta al público  se encuentre supeditada a requisitos 
>especiales de adquisición,  cuando por su naturaleza y cantidad dichos 
>medicamentos sean los necesarios  para el tratamiento de la persona que los 
>posea o de otras personas sujetas  a la custodia o asistencia de quien los 
>tiene en su poder; 
>   II. El farmacodependiente o consumidor que se le encuentre  en posesión 
>de algún narcótico para su consumo personal. 
>   No se aplicará la excluyente de responsabilidad  a que se refiere esta 
>fracción cuando la posesión se lleve  a cabo en el interior o en los 
>alrededores de centros de educación  básica por segunda o ulterior ocasión, 
>o 
>   III. La persona que consuma los narcóticos a  los que se refieren los 
>numerales 3 y 4 del inciso b) del presente artículo,  cuando éste se 
>realice con motivo de las ceremonias, usos y costumbres  de los pueblos 
>indígenas. 
>   Para los efectos de la fracción II se entiende  que el narcótico está 
>destinado para su consumo personal,  cuando la cantidad del narcótico no 
>exceda de las previstas en los  listados siguientes: 
>   a) En cualquiera de sus formas, presentaciones, derivados  o 
>preparaciones los siguientes narcóticos: 
>   b) Narcóticos que tienen valor terapéutico  escaso o nulo y que, por ser 
>susceptibles de uso indebido o abuso, constituyen  un problema 
>especialmente grave para la salud pública: 
>   c) Narcóticos, incluyendo sus sales, precursores  y derivados químicos, 
>que tienen algún valor terapéutico,  pero constituyen un problema grave 
>para la salud pública: 
>   Respecto de los narcóticos que no están  previstos en los listados 
>anteriores las autoridades federales competentes  determinarán 
>pericialmente si están destinados para su consumo  personal. 
>   El Ministerio Público de la entidad federativa  correspondiente deberá 
>dar aviso de la aplicación de las  excluyentes previstas en este artículo 
>al Ministerio Público  de la Federación y del resto de las entidades 
>federativas 
>   Como pueden ver, el inciso a) está incompleto. No pude  encontrar los 
>listados con las cantidades "a no exceder" en la Gaceta  Parlamentaria que 
>aparece en internet con fecha de ayer martes 25 de  abril 2006 (dictámenes 
>de primera lectura): 
>   http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/59/2006/abr/20060425-I.html 
>   Espero que próximamente aparezca completo en la sección de dictámenes: 
>   http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/Dictamenes/gp59_a3segundo.html 
>   (buscar la fecha martes 25 de abril 2006) 
> 
>   La  versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 25 de abril 
>de  2006, donde fue aprobado el proyecto con dictamen, se puede leer aquí:: 
>   http://cronica.diputados.gob.mx/Ve25abr06.html 
> 
>   La versión más reciente de la Ley General de Salud encuéntrenla aquí: 
>http://www.cddhcu.gob.mx/leyinfo/pdf/142.pdf 
> 
>   Saludos, 
>   Ric 
>   Convive..AC 
> 
>   Jorge Torres <aguilareal2002@...> wrote: 
>   martes 25 de abril, 08:36 PM 
> 
>   Los diputados de México fijan una dosis para el consumo personal de 
>drogas 
> 
>   México, 25 abr (EFE).- La Cámara de Diputados de México reformó hoy 
>varias 
>   leyes para fijar las dosis de drogas para el consumo personal, entre 
>ellas 
>   la cocaína, marihuana, opio y heroína, y establecer sanciones a quienes 
>   porten una cantidad mayor. 
> 
>   Los diputados aprobaron en su sesión de hoy el dictamen que reforma 
>diversas 
>   leyes federales para legalizar una posesión de 500 miligramos cocaína, 
>cinco 
>   gramos de opio preparado para fumar, 25 miligramos de heroína y cinco 
>gramos 
>   de cannabis o marihuana, entre otras drogas, para consumo personal. 
> 
>   Esta decisión se tomó para ayudar al combate del narcomenudeo y 
>establecer 
>   cifras uniformes para su persecución en todo el país. 
> 
>............ 
> 
>   Las reformas de ley fueron enviadas al Senado para su análisis y 
>eventual 
>   ratificación. 
>   -------------------- 
>   Saludos, 
> 
> 
> 
>--------------------------------- 
>Yahoo! Messenger with Voice. PC-to-Phone calls for ridiculously low rates. 
 
 
 
 
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 Mensaje: 5 
   Fecha: Wed, 26 Apr 2006 16:08:33 -0500 (CDT) 
      De: fanzine ilegal <fanzineilegal@...> 
  Asunto: Existe la Guerra Antidroga?/Marcha Cannabica 5 de mayo 12:00 
CU,UNAM 
 
Saludos compas: 
 
  Los compas de la Okupacion "Che Guevara" postearon la invitacion a la 
Marcha Mundial por la Liberacion de la Mariguana en la UNAM y alguien pone 
en duda la existencia de la guerra antidroga.Chequen su punto de vista y si 
tienen comentarios,ponganlos. 
 
 
La pagina es http://espora.org/okupache/articulo.php?p=1135&more=1&c=1 
 
Y l@s esperamos,el viernes 5 de Mayo a las 12:00 pm en "Las 
islas",CU,UNAM.(No importa que seas de la UAM,Poli,ENAH o de cualquier otra 
escuela,o no seas estudiante,tod@s estamos en el mismo barco) 
 
 
 
 
  Porfa,chequen los siguientes links: 
 
  http://vientos.info/cml/?q=node/2605"; 
target=_blank>http://vientos.info/cml/<;br%20/>http://vientos.info/cml/?q=nod 
e/2605 
 
  http://www.lamarihuana.com/foros/viewtopic.php?t=32823 
 
    www.suplementocannabico.blogspot.com 
 
 
 
 
  Fuera PFP,AFI,PGR de la UNAM! 
Fuera "Auxilio UNAM de la UNAM y del Stunam! 
Abajo la guerra antidroga y antisubversiva ! 
Despenalizacion de la Mariguana y demas drogas! 
Estado,Fuera de Nuestro Cuerpo! 
 
 
  Colectivo Cannabico de Mexico(Cocamex) 
 
 
   
**************************************************************************** 
*************************************** 
 
Juan Pablo García Vallejo <juanpablotinta@...> escribió: 
  !Esta mini-reforma, excluye el cultivo, comercializacion, investigacion 
medica y produccion industrial. No se gano nada. 
En Marzo pasado, el informe anual de la Fiscalia para las Drogas de la ONU 
ya lo daba por hecho, si no estaban enterados, agradescan al PRI y a todos 
esos diputados la proíxima extinción del peyote...ahi les va el texto, si no 
lo entienden ya ni modo... 
Y feliciten a su partido politico preferido por este nuevo 
empantanamiento... Las reformas aprobadas por unanimidad son reformas solo 
en el papel, falta educar a los policías y que cumplan la ley... 
 
 
"EL GOBIERNO DE MÉXICO PARTICIPA ACTUALMENTE EN LOS ESFUERZOS POR REFORMAR 
LAS LEYES RELACIONADAS CON EL CONTRABANDO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE 
ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS;..." 
 
 
Saludos 
carpe diem 
 
 
 
>From: Ricardo Sala <ricardelico@...> 
>Reply-To: vivecondrogas@... 
>To: vivecondrogas@... 
>Subject: [VCD] art. 478: cantidad despenalizada (Ley General de Salud, LGS) 
>Date: Wed, 26 Apr 2006 10:07:23 -0700 (PDT) 
> 
>Estimados foristas: 
> 
>   En nombre de todos los foristas de VCD agradezco  a Leopoldo Rivera de 
>AMECA y a Águila Real sus aportaciones a este  foro. Este tipo de 
>aportaciones hace de VCD uno de los pocos foros  públicos de discusión 
>sobre las políticas de drogas en México. Espero  que sirva cada vez mejor. 
> 
>   El dictamen aprobado ayer menciona que las Comisiones Unidas de Salud y 
>de Justicia y Derechos  Humanos llevaron a cabo "varios Foros  de Trabajo y 
>Reuniones de Trabajo" sobre las reformas planteadas "para recopilar la 
>experiencia y opiniones  de las Procuradurías (...) los Tribunales (...) y 
>las Secretarías de Seguridad Pública de los  Estados y del Distrito Federal 
>así como de la sociedad en general". 
> 
>   Ah caray. ¿A qué hora avisaron, que nunca nos enteramos de una 
>invitación a esos foros y reuniones con la "sociedad en general"? 
> 
>   Pues va la nota: 
> 
>   La Cámara de Diputados aprobó ayer el Proyecto de decreto que reforma y 
>adiciona diversas disposiciones de  la Ley General de Salud, el Código 
>Penal Federal y el Código Federal de  Procedimientos Penales, incluyendo 
>modificaciones. El siguiente paso es que el Senado lo reciba y lo discuta. 
> 
>   Las modificaciones al proyecto son las presentadas en un dictamen por 
>las Comisiones  Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos. Entre 
>otras cosas el dictamen propone que el artículo 478  de la Ley General de 
>Salud (LGS) establezca los casos de improcedencia de la acción penal. 
> 
>   El artículo 478 de la LGS quedaría como sigue: 
> 
>   Artículo 478.- No se procederá penalmente  en contra de:  I. La persona 
>que posea medicamentos que contengan  sustancias clasificadas como 
>narcóticos, cuya venta al público  se encuentre supeditada a requisitos 
>especiales de adquisición,  cuando por su naturaleza y cantidad dichos 
>medicamentos sean los necesarios  para el tratamiento de la persona que los 
>posea o de otras personas sujetas  a la custodia o asistencia de quien los 
>tiene en su poder; 
>   II. El farmacodependiente o consumidor que se le encuentre  en posesión 
>de algún narcótico para su consumo personal. 
>   No se aplicará la excluyente de responsabilidad  a que se refiere esta 
>fracción cuando la posesión se lleve  a cabo en el interior o en los 
>alrededores de centros de educación  básica por segunda o ulterior ocasión, 
>o 
>   III. La persona que consuma los narcóticos a  los que se refieren los 
>numerales 3 y 4 del inciso b) del presente artículo,  cuando éste se 
>realice con motivo de las ceremonias, usos y costumbres  de los pueblos 
>indígenas. 
>   Para los efectos de la fracción II se entiende  que el narcótico está 
>destinado para su consumo personal,  cuando la cantidad del narcótico no 
>exceda de las previstas en los  listados siguientes: 
>   a) En cualquiera de sus formas, presentaciones, derivados  o 
>preparaciones los siguientes narcóticos: 
>   b) Narcóticos que tienen valor terapéutico  escaso o nulo y que, por ser 
>susceptibles de uso indebido o abuso, constituyen  un problema 
>especialmente grave para la salud pública: 
>   c) Narcóticos, incluyendo sus sales, precursores  y derivados químicos, 
>que tienen algún valor terapéutico,  pero constituyen un problema grave 
>para la salud pública: 
>   Respecto de los narcóticos que no están  previstos en los listados 
>anteriores las autoridades federales competentes  determinarán 
>pericialmente si están destinados para su consumo  personal. 
>   El Ministerio Público de la entidad federativa  correspondiente deberá 
>dar aviso de la aplicación de las  excluyentes previstas en este artículo 
>al Ministerio Público  de la Federación y del resto de las entidades 
>federativas 
>   Como pueden ver, el inciso a) está incompleto. No pude  encontrar los 
>listados con las cantidades "a no exceder" en la Gaceta  Parlamentaria que 
>aparece en internet con fecha de ayer martes 25 de  abril 2006 (dictámenes 
>de primera lectura): 
>   http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/59/2006/abr/20060425-I.html 
>   Espero que próximamente aparezca completo en la sección de dictámenes: 
>   http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/Dictamenes/gp59_a3segundo.html 
>   (buscar la fecha martes 25 de abril 2006) 
> 
>   La  versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 25 de abril 
>de  2006, donde fue aprobado el proyecto con dictamen, se puede leer aquí:: 
>   http://cronica.diputados.gob.mx/Ve25abr06.html 
> 
>   La versión más reciente de la Ley General de Salud encuéntrenla aquí: 
>http://www.cddhcu.gob.mx/leyinfo/pdf/142.pdf 
> 
>   Saludos, 
>   Ric 
>   Convive..AC 
> 
>   Jorge Torres <aguilareal2002@...> wrote: 
>   martes 25 de abril, 08:36 PM 
> 
>   Los diputados de México fijan una dosis para el consumo personal de 
>drogas 
> 
>   México, 25 abr (EFE).- La Cámara de Diputados de México reformó hoy 
>varias 
>   leyes para fijar las dosis de drogas para el consumo personal, entre 
>ellas 
>   la cocaína, marihuana, opio y heroína, y establecer sanciones a quienes 
>   porten una cantidad mayor. 
> 
>   Los diputados aprobaron en su sesión de hoy el dictamen que reforma 
>diversas 
>   leyes federales para legalizar una posesión de 500 miligramos cocaína, 
>cinco 
>   gramos de opio preparado para fumar, 25 miligramos de heroína y cinco 
>gramos 
>   de cannabis o marihuana, entre otras drogas, para consumo personal. 
> 
>   Esta decisión se tomó para ayudar al combate del narcomenudeo y 
>establecer 
>   cifras uniformes para su persecución en todo el país. 
> 
>............ 
> 
>   Las reformas de ley fueron enviadas al Senado para su análisis y 
>eventual 
>   ratificación. 
>   -------------------- 
>   Saludos, 
> 
> 
> 
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 Mensaje: 6 
   Fecha: Mon, 24 Apr 2006 18:40:59 -0600 
      De: Laura Tort <tortuga@...> 
  Asunto: siguiente función de cine-deabate PÁNICO  EN NEEDLE PARK 
 
 
>> 
>>  Sinópsis: 
>> 
>>Needle Park es el nombre con el que un número de drogodependientes 
>>conocen un pequeño parque de Nueva York. El pánico es el estado en el que 
>>se encuentran la mayoría de estos personajes cuando no encuentran ningún 
>>tipo de droga para llevarse al cuerpo. 
> 
> 
>Con agrado los esperamos en la siguiente función del cine-debate, el 
>próximo jueves 27 a las 18:30 en la sala José Revueltas del Centro 
>Cultural Universitario. 
> 
>La entrada es con boleto e invitación 
>si desean obtener invitación, favor de pasar a recogerla a filmoteca 
> 
>hasta entonces, 
> 
>laura 
 
 
 
 
 
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________________________________________________________________________ 
 
 Mensaje: 7 
   Fecha: Wed, 26 Apr 2006 15:52:31 -0500 (CDT) 
      De: Convivencia y espacio público <convive123@...> 
  Asunto: Crónica: La Cámara legaliza uso personal de drogas 
 
Gracias Frank, pegamos la nota en el foro de VCD 
 
Frank Splatterbath <wolflustdesecration@h..> escribió: 
> que tal amigos, frecuento su pagina bastante, 
> y bueno nomas para informarles 
> http://www.cronica.com.mx/nota.php?idc=238113 
 
La Cámara legaliza uso personal de drogas como 
heroína, cocaína, mariguana, opio y peyote; faculta a 
estados a perseguir narcomenudeo 
( Luciano Franco ) 
( 2006-04-26 ) 
 
Con 349 votos a favor y seis abstenciones, el pleno de 
la Cámara de Diputados aprobó ayer la legalización del 
uso personal de drogas como la heroína, con 25 
miligramos; cocaína (1 gramo); marihuana (50 gramos); 
opio (5 gramos), y anfetamina (100 miligramos). 
Además, quedó permitido de manera legal el consumo 
personal de metanfetaminas, con 200 miligramos, hongos 
alucinantes 250 gramos y un kilogramo de peyote, entre 
otras. 
El dictamen avalado establece que el comercio y 
suministro de narcóticos serán investigados, 
perseguidos y, en su caso sancionados por las 
autoridades del fuero común, en los términos de la Ley 
General de Salud. 
Las reformas autorizadas tienen que ver con la Ley 
General de Salud; el Código Penal Federal y del Código 
Federal de Procedimientos Penales, y el dictamen fue 
elaborado por las comisiones unidas de Salud y de 
Justicia; y Derechos Humanos. 
Se establece que con las reformas respectivas será 
combatido el narcomenudeo y se precisan las dosis 
permitidas para el consumo personal. 
Además, se precisa que serán castigados los 
farmacodependientes que posean las cantidades 
permitidas en las escuelas de educación básica o sus 
alrededores. 
Parea el combate al narcomenudeo, el pleno cameral 
aprobó penas de cárcel de 4 a 8 años y multas de 200 a 
400 días, a quien comercialice o suministre aun de 
manera gratuita. 
Pero la prisión aumentará hasta 15 años cuando se 
utilice a menores de edad o discapacitados para 
comercializar las drogas; y cuando haya servidores 
involucrados, la sanción será de hasta 12 años tras 
las rejas y la inhabilitación para desempeñar cargos 
públicos. 
Las modificaciones también facultan a los gobiernos 
estatales y municipales para perseguir el 
narcomenudeo. 
Precisa el dictamen que el delito de narcomenudeo 
comercializa anualmente, a través de cerca de 30 mil 
narcotienditas distribuidas en el territorio nacional, 
78 toneladas de estupefacientes. 
El dictamen, en su exposición de motivos, señala que 
la PGR ha sido rebasada para dar solución a este 
lacerante problema, por lo que es necesario la 
colaboración de las autoridades locales, a fin de 
reducir a su mínima expresión esta actividad 
delictiva. 
 
Área de acción "Cultura de drogas para reducir daños". 
Biblioteca cannábica: http://www.convive.org.mx/bc 
Vive Con Drogas: http://www.vivecondrogas.com 
 
La vida es un acto de equilibrio 
Convivencia y espacio público AC 
http://www.convive.org.mx 
(52) (55) 5543-6043 
 
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